Matrimonios
Son contratos que por su solemnidad se deben elevar a escritura pública. De este contrato nace la sociedad conyugal y patrimonial.
Para cumplir con su formalidad se requieren los siguientes documentos:
- Solicitud autenticada por los contrayentes.
- Documentos de identificación de los intervinientes.
- Registros civiles de nacimiento de los contrayentes válidos para contraer matrimonio o para acreditar parentesco y con fecha de expedición no mayor a 30 días.
- Poder especial en caso de que uno de los contrayentes no pueda presentar personalmente la solicitud o no pueda asistir al matrimonio indicando fecha, lugar, nombre del contrayente y autorización plena para firmar la escritura de matrimonio.
- Si tienen hijos menores de edad que no corresponden a la pareja con la que se contrae matrimonio, deben presentar inventario solemne de bienes y registro civil de nacimiento auténtico. Si son mayores de edad, registro civil de nacimiento y 2 declaraciones juramentadas de dos (2) testigos que indiquen que tienen hijos mayores, plenamente capaces.
- Si se casan con extranjero, registro civil de nacimiento debidamente traducido si es el caso por traductor oficial debidamente inscrito ante el Ministerio de Relaciones y apostillado.
- Certificado de soltería o sus equivalentes.
- Visa de cualquier clase o permiso de ingreso y permanencia expedida por la autoridad competente (Migración Colombia).
- Si no habla lengua española al momento de la ceremonia debe estar presente un traductor oficial.
TIEMPO ESTIMADO DE ENTREGA: Consulte con el notario, dado que la diligencia de la escritura pública depende de las características particulares de los interesados, de los bienes y del cumplimiento de los requisitos legales.
COSTO: SÍ. Según tarifa notarial ordenada y regulada por la Superintendencia de Notariado y Registro.